Hacia el despido libre y gratuito en España
En España el despido es libre, al menos desde que el que escribe tiene consciencia, cualquier empresa puede despedir a quien le de la gana no importa el motivo, no importa la situación, no importa nada, con un “estas despedido” vale, es más, no hace falta ni decirlo a la cara, ni el mal trago de ver los ojos de la persona que se despide es necesario, todo son facilidades. Pero hasta el pasado 1 de Julio había que pagar 45 días por año, desde entonces 33 días por año y ahora se ha liberado sutilmente el despido objetivo, ese tipo de despido por el que se puede despedir a cualquiera con una indemnización de 20 días.
Muchos empresarios se quejan que despedir es caro, que en otros países despedir es más fácil, pero también es verdad que en otros países la tasa de paro es menor, que la precariedad es menor y las posibilidades de recolocación rápida de un empleado son enormes, en España sin embargo, bueno … mejor un silencio, ¿para qué decir palabras feas?
Hasta ahora el despido objetivo era más o menos difícil de justificar, aunque se intentaba continuamente, realmente en la inmensa mayoría de las personas que conozco que han perdido su empleo últimamente la empresa ha intentado esta modalidad de despido, aunque en pocos casos lo han conseguido y cuando lo han conseguido ha sido coaccionando al empleado, nunca en un juzgado o un tribunal de conciliación.
Ahora las normas de juego cambian, y el despido objetivo es realmente fácil, los derechos de los empleados se han caído, Welcome 19th Century, cosas como tener un hijo ahora suponen un problema, romperse un brazo, o tener la mala fortuna de que la empresa haga una provisión de fondos, es tan fácil despedir con 20 días que ya ni merece la pena contar con los 45 días, eso lamentablemente pasó a la historia.
El despido objetivo ahora se ha ampliado a los siguientes casos:
- La empresa demuestra una disminución de su nivel de ingresos: Esto con vender menos vale, ¿qué empresa vende más que hace años?
- Perdidas previstas: Sólo hay que hacer una provisión generosa por cualquier concepto, la empresa tendrá pérdidas, ficticias, pero pérdidas.
- Faltas de asistencia del 20% en los dos últimos meses justificadas o no: Una baja de 6 días quizás podría ser suficiente, una boda, un embarazo, unas vacaciones …
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ACLARACIÓN
Con respecto a este último punto, el de las bajas injustificadas, he recibido un mail de un lector que aclara esto último y que creo que es importante conocer para no caer en el error que caí yo cuando escribí el artículo, me indica lo siguiente:
Hola.
Cometes algunos errores en tu post “hacia el despido libre y gratuito en España”. Como por ejemplo respecto al apartado d) del art.52 ET. Te lo pego entero a ver si puedes arreglarlo, si esque te interesa. Un saludo.La letra d) del artículo 52 queda redactada en los siguientes términos:
Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 5 % en los mismos períodos de tiempo.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral, cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de salud, según proceda.
Pd: aqui esta el link del Real Decreto Ley por si te interesa: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdl10-2010.html
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Así que ¿quien está exento de que le puedan despedir con 20 días con un despido objetivo?, nadie.
Por suerte la propuesta todavía tiene que pasar por el Senado, donde quizás haya más cabeza que en el Congreso.
La reforma laboral se supone que estará lista en Septiembre y puede representar el recorte histórico de los derechos de los empleados, quizás deberíamos todos empezar a prepararnos para ser autónomos, ¿qué ventaja tiene el ser empleado clásico?, cada vez menos.
A todo esto la crisis parece que está terminando, o eso percibo, pero da igual, la maquinaria del Estado lenta como un caracol reumático ahora nos viene con este tipo de proposiciones.
Por cierto, a favor ha votado el PSOE, en contra IU-ICV- ERC y PP y se han abstenido CiU y PNV. El PP parece que ha contado los votos y para quedar bien ha decidido votar junto con el antiguo partido comunista, las cosas hay que decirlas como son, me gustaría saber que habría pasado si PNV y CiU hubieran votado en contra, pero nunca lo sabremos.
Así vamos, así seguimos, todo un acto de responsabilidad dicen, no sabemos para quien, pero una responsabilidad infinita.
Esta situación a veces me hace plantearme quien gobierna realmente, y acabo coincidiendo con Julio Anguita cuando dijo que quien gobierna realmente son los mercados, los dictámenes de los mercados, pero que nadie sabe quien gobierna esos mercados. El vídeo es sumamente interesante.
Vía: La Información

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Objetivo : Despido RT @charlygp @ecollado RT @eduangi Hacia el despido libre y gratuito en España http://bit.ly/d1737m
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“Muchos empresarios se quejan que despedir es caro, que en otros países despedir es más fácil, pero también es verdad que en otros países la tasa de paro es menor, que la precariedad es menor y las posibilidades de recolocación rápida de un empleado son enormes”
Hombre Eduardo, ¿Y no podemos establecer alguna relación entre coste del despido y tasa de paro? Es decir,a más caro, más paro, cosa que tiene todo el sentido económico del mundo ¿Normas laborales que desincentivan contratar y tasa de paro? Lo digo por dar otro punto de vista. Despedir es libre, como dices, pero es tremendamente caro: por tanto, procuras no contratar, o contratar con las condiciones mas temporales posibles para no crear obligaciones inabordables en el futuro. Incentivas que las personas de más antigüedad se blinden internamente en detrimento de las mas jovenes, desincentivas que sea el trabajador el que busque constamentemente mejores empresas donde trabajar porque juegan a acumular antigüedad, blindarse y perder todo interés en mejorar su desempeño o en aprender cosas nuevas (es decir, que renuncias a que el empleador tenga incentivo para premiar mejor el mérito). El resultado es que el mercado se mueve poco y no es fácil recolocarse. Se está llamando derechos a privilegios y sé que diciendo esto me voy a ganar una buena dosis de réplicas. Pero, en fin, mi experiencia, algo amplia ya, con la legislación laboral española y su aplicación por los jueces, roza el disparate. Por no decir que mata empresas.
Un abrazo.
@Gonzalo
Yo la verdad no veo la relación entre coste de despido y tasa de paro. Entiendo que el empresario ganará más si la cosa va bien, pero es un riesgo y como tal debe de asumirlo, ojo, es mi opinión. No entiendo porque el riesgo lo tienen que asumir los que sacarán menos, si se quiere ganar más hay que arriesgar más, es la base del capitalismo.
Ahora, que el despido es caro, bueno, realmente tiene el mismo coste que otros países, por ejemplo Alemania, ni un euro más ni un euro menos.
También hay más opciones, si un empresario quiere contratar a alguien y no tener costes de despido que contrate autónomos, es decir, empresarios también, pero sí, no es lo mismo.
Creo que no se puede jugar sólo a ganar.
Y también creo que un derecho es un derecho y no un privilegio, porque por esa misma razón la educación o la sanidad podrían pasar a ser privilegios y obviamente no lo son, por suerte tenemos esa cosa llamada Constitución en la que se definen las líneas fundamentales de todo esto.
En cuanto a la última frase no estoy necesariamente de acuerdo, las empresas las mata la mala gestión y no la legislación, quizás haya empresas que deberían de plantearse que los experimientos se hacen con gaseosa y no con el sueldo de la gente.
Muchas gracias Gonzalo siempre es necesario otros puntos de vista, a ver si más gente se anima a comentar y a dar su opinión.
me encanta esa oficina del INEM con el logo estilo IKEA RT @eduangi Hacia el despido libre y gratuito en España http://bit.ly/d1737m
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Gran AnguitaRT @ecollado: RT @eduangi Hacia el despido libre y gratuito en España http://bit.ly/d1737m
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Hacia el despido libre y gratuito en España – http://bit.ly/9YTWt1 el @PSOE lo pone, y el @PP vota que no junto al partido comunista, flipas
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RT @RuthVilar: Hacia el despido libre y gratuito en España – http://bit.ly/9YTWt1 el @PSOE lo pone, y el @PP vota que no junto al partido comunista, flipas
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Sigue siendo insuficiente. RT @carrero Hacia el despido libre y gratuito en España http://bit.ly/98J2UA
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Actualizado y corregido un error, mil disculpas RT @eduangi Hacia el despido libre y gratuito en España http://bit.ly/d1737m
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Respecto algunos de los comentarios que se han ido haciendo más arriba en los que se afirma que “España tiene el despido más caro de la unión”. Bajo mi punto de vista no podemos hacer este tipo de afirmaciones tan a la ligera… las comparaciones son odiosas y es imprescindible contextualizar los casos que se tratan, para evitar relaciones espúria y, pues, asunciones falsas o verdades a medias.
Si razonamos a partir de las indemnizaciones por despido objetivo, evidentemente, España es la que indemniza más a los trabajadores. Pero eso no significa, ni mucho menos, que tenga el despido más caro. Cuál es el gasto por habitante del estado en materia social? Qué impuestos asociados al trabajador (seguridad social, por ejemplo) destina el empresario por trabajador? Cuál es la legislación laboral, presión fiscal, etc..? Si analizamos esto, vemos que en los países dónde el despido es más barato, hay un mayor gasto público en materia social por habitante, mayor presión fiscal para el empresario. En el caso Español, viceversa. Es decir: las indemnizaciones hay que relativizarlas al nivel y tipo de desarrollo de estado de bienestar.
Por si no se me ha entendido… no sólo debemos aislar nuestro analisis en los costes privados.. hay que tener igualmente en cuenta el coste social global
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